Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0332/2003-R
Fecha: 17-Mar-2003
II.2.
II.2. Que, Sonia Martha Patiño vda. de Vaca Guzmán (representada del recurrente), realiza la importación de Café Monterrey, ingresando su trámite a ventanilla única de zona franca, pagándose el 1% sobre el valor de la mercadería en el Banco Mercantil y asignándole el canal verde por el que se autoriza el levante de toda la mercadería; operaciones realizadas los días 24, 25 y 26 de septiembre de 2002, como se evidencia en el formulario 133 de declaración de mercancías de importación, demanda y formulario 2278 de Ingresos de la Aduana Nacional (fs. 8 y 7, respectivamente).
- Arturo Sarmiento Rivera
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- pago indebido
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- una vez que la Aduana PRESTE el servicio de valoración, ésta
- servicio de valoración informatizado
- si el servicio no se ha prestado
- III.3.