SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0375/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0375/2003- R

Fecha: 26-Mar-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso.

Que el domingo 2 de febrero de 2003 el representado quedó sorprendido cuando vio una publicación edictal en la que se le declaraba rebelde, se disponía su búsqueda y aprehensión por no haber comparecido supuestamente en un proceso al que dio lugar una querella presentada por Ciriaco Rodríguez, en el cual se advierten varios vicios de procedimiento, pues no obstante que se ordenó que sea notificado personalmente con la acusación particular, la prueba de cargo y el Auto dictado en audiencia pública de conciliación, no se cumplió dicha orden pues fue notificado en lugar distinto entregándose fotocopia a un inquilino al tenor del art. 163 del Código de Procedimiento Penal (CPP), cuando podía habérsele notificado personalmente en instalaciones de la Federación Universitaria Local (FUL) donde se encuentra permanentemente por ser secretario ejecutivo de la misma, además que también tiene domicilio real como se acredita con el certificado de registro domiciliario, finalmente pudo habérsele notificado por edictos procediéndose conforme al art. 165 CPP, empero en el caso, se le provocó indefensión al representado de los recurrentes en base a datos falsos proporcionados por el querellante que hicieron incurrir en error al juez recurrido.