Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0375/2003- R
Fecha: 26-Mar-2003
II.2
II.2 Que con dicha resolución, el representado fue notificado el 19 del mismo mes y año “en su domicilio real ubicado en la calle Germán Busch Nº C.V. 786” dejándose copia a su prima Carmen Guzmán en presencia de testigo identificado quien firmó la diligencia (fs. 9). Empero al no asistir el representado del recurrente a la audiencia de conciliación nuevamente se le notificó en la misma dirección y de la misma forma con el Auto de 12 de noviembre de 2002, en el que se ordena su notificación personal con el mismo, la acusación particular, el ofrecimiento de prueba de cargo otorgándole plazo para que presente su prueba de descargo (fs. 10 vta.).