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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0393/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0393/2003-R

    Fecha: 26-Mar-2003

    III.4

    III.4          No es válido por consiguiente el fundamento de que el recurrente tenía conocimiento de la conminatoria por haber sido objeto de un anterior hábeas corpus, pues toda resolución judicial surte efectos jurídicos a partir de la notificación  que con ella se efectúe, diligencia que debe  ser legalmente realizada.

    • recurso
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso.
    • a)
    • 1)
    • representante del Ministerio Público
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • III.    FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4

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