SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0403/2003-R
Fecha: 31-Mar-2003
II.2
II.2 En apelación efectuada la audiencia, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, conformada por la Vocal Elena Lowenthal, en ausencia justificada del Vocal Mario Gonzáles Durán convocó al Vocal Oswaldo Fong, para conformar Sala, quien fue de voto disidente al considerar que no se presentaban los presupuestos que hacen procedente la detención preventiva en cuya sustitución debía aplicárseles a ambos sindicados las medidas de arraigo y la prohibición abandonar la ciudad, respecto al criterio de la Vocal Lowenthal que fundamentó su voto por la detención preventiva de Javier Ventura y la aplicación de las medidas sustitutivas previstas en el art. 240.2) y 3 ) CPP, para la recurrente Indiana Ribera Ventura, procediendo por ello a convocar al Vocal de la Sala Penal Primera Mario Gonzáles Durán, para que dirima con su voto la controversia suscitada. ( fs. 19 a 24).