Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2003-ECA
Fecha: 29-Abr-2003
a)
a) Los recurridos, como expresamente señala la SC 415/2003-R de 4 de abril, fueron Hugo Bilbao La Vieja y Gonzalo Peñaranda Taida, Vocales de la Sala Penal Primera y Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, sin que en ello exista ninguna duda o confusión, contrariamente a lo sostenido por el peticionante;
- Gonzalo Peñaranda Taida, Vocal de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Distrito de Cochabamba
- I.1.
- I.2.
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- a)
- b)
- desde ningún punto de vista es justificativo válido el alegato de que el expediente fue objeto de “envíos y reenvíos”
- se proceda a nuevo sorteo del expediente para que se emita nueva Resolución dentro del plazo legal.
- SSCC