Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0021/2003-ECA
Fecha: 29-Abr-2003
I.1.
I.1. En el escrito presentado en 15 de abril de 2003 Gonzalo Peñaranda Taida, Presidente de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, expresa que el recurso de hábeas corpus que dio lugar a la Sentencia Constitucional 415/2003-R de 4 de abril, fue planteado contra los Vocales Hugo Bilbao La Vieja y su persona, no solamente en su contra, y el informe prestado en dicho recurso también fue emitido por ambas autoridades.
- Gonzalo Peñaranda Taida, Vocal de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Distrito de Cochabamba
- I.1.
- I.2.
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- a)
- b)
- desde ningún punto de vista es justificativo válido el alegato de que el expediente fue objeto de “envíos y reenvíos”
- se proceda a nuevo sorteo del expediente para que se emita nueva Resolución dentro del plazo legal.
- SSCC