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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0040/2003
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0040/2003

    Fecha: 29-Abr-2003

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    • Raquel Alem de Saba, Gerente Distrital de Grandes Contribuyentes (GRACO) Cochabamba, del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) contra Juan Montoya Caballero, Juez Primero de Partido Administrativo, Coactivo, Fiscal y Tributario de Cochabamba
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2. Admisión y citaciones
    • I.3. Alegaciones de la parte recurrida
    • I.4. Trámite procesal en el Tribunal
    • II.1.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III.1.
    • una vez que es el  contribuyente quien  realiza la determinación del tributo  a través de la presentación de las declaraciones juradas respectivas, y siempre que la Administración Tributaria no haya efectuado observación alguna  respecto de las mismas,  puede proceder al cobro coactivo del monto así determinado  -por el mismo contribuyente, se reitera-  sin que sea necesaria la interposición  y desarrollo de proceso alguno,
    • “Los créditos determinados por los contribuyentes y responsables en sus Declaraciones Juradas se consideran para todos los efectos firmes, líquidos y exigibles
    • III.3.
    • ejecución coactiva que
    • asuntos no conocidos y resueltos por los órganos jurisdiccionales competentes y que han adquirido la calidad de cosa juzgada.”
    • inimpugnabilidad o firmeza
    • I y IV
    • III.5.
    • 1º Declarar FUNDADO

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