Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0540/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
II.1.
II.1. Julio Pinto Ramírez solicitó ante el Juez Segundo de Instrucción en lo Civil de Cochabamba, disponga que Juan Carlos Claure Maida realice una rendición de cuentas por un equivalente mayor al 75% del presupuesto total establecido en el contrato de construcción del puente vehicular sobre el río “Lágrimas”, demanda que fue admitida por decreto de 31 de agosto de 2002 (fs. 13 a 15), en el que la autoridad judicial dispuso la citación del representado del recurrente.
- en el recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- (sic).
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- apremio previsto por el art. 688 CPC está destinado única y exclusivamente para lograr la presentación de
- III.2.
- III.3.