SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0571/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0571/2003-R

Fecha: 28-Abr-2003

recurso jerárquico

            Que, la recurrente desconociendo la previsión del art. 71 señalada, el 06 de diciembre de 2002, de manera directa plantea a conocimiento del Prefecto del Departamento un recurso jerárquico; este recurso ha sido equivocadamente interpuesto por cuanto se plantea sin que se cumpla una condición previa cual es la denegatoria del recurso de revocatoria (inexistente en este caso) y sin que se ponga a conocimiento del Superintendente del Servicio Civil (que es la autoridad competente para el efecto) sino que se planteó ante el Prefecto del Departamento. Por esa razón es que cuando el Superintendente del Servicio Civil llegó a conocer ese recurso jerárquico, a través de Resoluciones de 20 de diciembre de 2002 y 13 de enero de 2003, lo rechaza por no ajustarse al marco legal correspondiente.

            Que, de lo relacionado se constata que la recurrente pretende ser restituida a sus funciones, desconociendo la naturaleza subsidiaria del amparo, según la cual no es viable esta demanda si no se han agotado previamente las instancias ordinarias o -como en este caso- no se ha hecho uso oportuno y correcto de los medios de impugnación. Esa negligencia, no puede ser suplida con esta demanda, lo que hace inviable la protección solicitada.