SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0684/2003-R
Fecha: 21-May-2003
I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
Que, en la madrugada del 25 de marzo de 2002, Viviana Franco Rodríguez (hija de la recurrente Leandra Rodríguez de Taca), fue víctima de un accidente de tránsito en el que perdió la vida, a cuya consecuencia, se formuló denuncia y se desarrollan las diligencias preliminares contra Ronald Claros Torrico y otra.
Que, pese a que al presente Ronald Claros reconoció su responsabilidad, la empresa aseguradora “CREDINFORM” Internacional S.A. de Seguros rechazó la solicitud de la recurrente de pago de la indemnización, no obstante haberse constituido en derechohabiente de su hija fallecida, conforme lo disponen los arts. 16 y 26-c) del DS 25785, negativa contenida en el certificado de 9 de diciembre de 2002 emitido por la referida empresa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- debería dilucidarse en la vía ordinaria por incumplimiento de contrato o en la vía que hubieran acordado las partes al momento de suscribir el contrato del Seguro
- vías administrativa y ordinaria señaladas
- III.2.