SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0684/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0684/2003-R

Fecha: 21-May-2003

II.7.

II.7. Que, mediante nota de 17 de octubre de 2002, la aseguradora desestimó la solicitud de cobertura al haber sido presentada en forma extemporánea, estando     -dice- liberados de toda responsabilidad (fs. 70-71); determinación ratificada por certificación de 09 de diciembre de 2002, en la que el recurrido Carlos Mogro, como Administrador de CREDINFORM Internacional S.A., reconoce no haber cancelado el seguro por la falta de conocimiento del accidente en el plazo establecido por el art. 17 del D.S. 25785 (fs. 10).