Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0052/2003
Fecha: 06-Jun-2003
I.2 Admisión y citaciones
Que habiéndose subsanado los requisitos observados por el Auto Constitucional (AC) 601/2002 de 20 de diciembre, por AC 33/2003-CA de 22 de enero, cursante de fs. 39 a 41, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional admitió el Recurso y dispuso se cite a los recurridos mediante provisión citatoria, lo que se cumplió el 28 de enero de 2003 según diligencia de fs. 63.
- Leonardo Chacón Rada, Director Distrital La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales
- I.1.1 Relación sintética de los hechos que motivan el recurso
- Clara Torres Oporto, Jueza Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de La Paz,
- I.2 Admisión y citaciones
- (fs. 339)
- I.4 Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3