SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0810/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0810/2003- R

Fecha: 17-Jun-2003

III.3

III.3   Que, con relación a que el documento de préstamo no reúna con lo establecido en el art. 48-I LAPCAF, porque en la cláusula de renuncia al proceso coactivo no se diga que se renuncia a los “trámites” del proceso ejecutivo,  esta situación debió ser manifestada en el proceso coactivo por la recurrente a través de la excepción pertinente, extremo que también se estableció en la SC 523/2002 de 8 de mayo, en cuyo antepenúltimo Considerando, tercer parágrafo se dice: “En la especie, la citación con la demanda y sentencia coactivas, fue practicada siguiendo el procedimiento legal, cual consta en el expediente, sin que Marlene Cabrera Toledo, en plazo legal y oportuno, haya opuesto ninguna de las excepciones que el art. 49-III de la Ley Nº 1760 (...).