Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0829/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
II.6.
II.6. Por SC 521/2002-R, de 7 de mayo (fs. 369 a 374), el Tribunal Constitucional aprobó la improcedencia decretada por el Juez del recurso, en el hábeas corpus planteado por Roberto Landívar Roca contra Jorge Gutiérrez Roque, Juez Cautelar, con el fundamento de que la Resolución 63/2002 de 19 de marzo de 2002 -por la que dicho Juez dispuso la detención preventiva del actor- fue emitida en el marco que establecen los art. 233 y 236 CPP, tratándose, entonces, de una detención plenamente legal.