Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0849/2003-R
Fecha: 24-Jun-2003
improcedente
La Sentencia 014/03-SSA-I, cursante a fs. 108 y 109, pronunciada el 9 de abril de 2003 por la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, declara improcedente el recurso, con el fundamento de que “el recurrente, luego de haber agotado la vía administrativa, tiene aún expedita la impugnación judicial que se refiere el art. 143 de la Ley de Municipalidades, al no haberse agotado esta vía expedita, este Tribunal no tiene competencia para ingresar a considerar el fondo el presente recurso”
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- que el recurrente ha agotado toda la vía administrativa, pues ha hecho uso de los recursos de revocatoria y jerárquico,
- III.2.
- se alteren sin autorización los proyectos aprobados,
- III.3.
- APRUEBA