Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0852/2003-R
Fecha: 24-Jun-2003
II.1
II.1 El 10 de julio de 2001, en la vía sumaria, María Naneiva Llanos presenta demanda sobre cumplimiento de contrato contra Paulina Téllez Llanos, que es admitida por el Juez Sexto de Instrucción en lo Civil- Comercial por Auto de 14 de julio de 2001 (fs. 3-5), con la que fue notificada la demandada -ahora recurrente- el 11 de agosto de 2001, quien rehusó firmar en presencia del testigo que firma (fs. 6).