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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0882/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0882/2003-R

    Fecha: 30-Jun-2003

    III.3.

    III.3.   Los requerimientos, opiniones y solicitudes de los representantes del Ministerio Público, dentro de los procesos en los que actúan, no pueden ser considerados como  decisiones o resoluciones definitivas, ya que, como en el  caso concreto,  se limitan a  requerir lo que consideran pertinente siendo el Juez quien decide lo que  corresponda a cada pedido.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • PROCEDENTE
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.   FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La SC 215/2003-R, de  21 de febrero,
    • elemental previsión de que la garantía personal
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.

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