SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0882/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0882/2003-R

Fecha: 30-Jun-2003

PROCEDENTE

La Resolución cursante a fs. 22 y 23, pronunciada el 21 de mayo de 2003 por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declara  PROCEDENTE el recurso respecto del Juez recurrido, e IMPROCEDENTE con relación a la Fiscal de Materia co-recurrida, disponiendo que la autoridad judicial indicada “señale nueva audiencia para reconsiderar  el ofrecimiento de fianza personal, y en su caso, aceptar el fiador ofrecido”, bajo estos fundamentos: 1)  está plenamente demostrado que sin embargo de que el recurrente Daniel Romero Sosa ha sido beneficiado con la cesación de detención preventiva en 7 de agosto de 2002, permanece detenido hasta el presente por el rechazo del fiador personal, “rechazo que al no contar con un sustento legal, constituye un defecto procesal que debe ser corregido de inmediato, por cuanto vulnera sus derechos y garantías individuales, y fundamentalmente su derecho a la libertad de locomoción”; 2) si bien la Fiscal en su condición de acusadora, es parte principal en el proceso, no es menos evidente que  el requerimiento emitido por la Fiscal en los casos que interviene no son vinculantes, la Fiscal no decide sobre la aceptación o rechazo de una fianza, por ser ésta facultad privativa de las autoridades jurisdiccionales.