Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0933/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
II.4
II.4 El 13 y 28 de enero de 2003, se notifica con las Resoluciones 126/2002 y 149/2002 a los procesados Henry Salvador Ortiz Sánchez y Carmelo Torrez (fs. 77), habiendo el Tribunal de alzada dispuesto el 18 de febrero del presente año que con aquellas Resoluciones se notifique a los procesados faltantes en grupos de seis y siete personas con el argumento de dar cumplimiento al principio de celeridad procesal (fs. 78), procediéndose a la respectiva notificación al representado del recurrente, juntamente con otros procesados mediante cedulón fijado en la oficina el 19 de marzo de 2003(fs. 78 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- Fragmento 7
- procedente
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- REVOCAR