SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0988/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0988/2003-R

Fecha: 15-Jul-2003

II.1.

II.1.       Dentro del proceso de institución de paternidad seguido por Isabel Orozco Quezada contra el recurrente, Yerko Cano Nieva, ambas partes ofrecieron prueba que fue aceptada por la Jueza de la causa (fs. 19-22). En la audiencia de 18 de diciembre de 2000, se dio lectura al informe del laboratorio ofrecido como prueba pericial por la parte demandante y que fue solicitada voluntariamente por ambas partes (fs. 84); el que dio por resultado que la probabilidad de la paternidad del recurrente era de un 99,9994 % (fs. 87). Cursa adjunto en fotocopia el Informe de Evaluación de Paternidad atribuido a Laboratorios de Identidad FAIRFAX de Estados Unidos de Norteamérica (fs. 86). Por memorial de 20 de diciembre de 2000, el recurrente observó el informe pericial y el 3 de enero de 2001 pidió un nuevo informe, a lo que la juzgadora el 19 de enero de 2001 providenció que se remita al criterio del médico forense (fs. 90-94), quien señaló que el informe señalado era el original y que esa prueba de exclusión de paternidad es la que da con mayor exactitud la paternidad biológica de un niño. (fs. 98-100).