SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0988/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0988/2003-R

Fecha: 15-Jul-2003

II.5.

II.5.       Por Auto Supremo No. 108 de 15 de marzo de 2003, los Ministros recurridos de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia declararon infundado el recurso de casación formulado por el recurrente, al considerar válida la copia o fotocopia del examen pericial, que es el resultado de la prueba científica elaborada y consentida, a la que las partes se sometieron, fotocopia que, al no tratarse de documentos u otra suerte de despachos, no está sujeta a la normativa de legalización contenida en los tratados internacionales y menos en el D.S. de 30 de diciembre de 1965, correspondiendo la copia al original remitido, cuya eficacia  y concordancia  es de responsabilidad del laboratorio  “Gen y Vida”. Por otra parte, aseveran que la valoración de la prueba corresponde a los de instancia siendo incensurable en casación, a menos que la parte demuestre errores de derecho  o de hecho, estos últimos acreditados mediante actos auténticos  o documentos que pongan de manifiesto  la ostensible equivocación  del juzgador, lo que no ha sucedido en el caso presente, sin que sea evidente tampoco que el Ministerio Público no haya participado en el proceso pues fue notificado con todas las actuaciones del mismo (fs. 221-224).