Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1015/2003-R
Fecha: 21-Jul-2003
b)
b) En el proceso ejecutivo que culminó con el Auto de Vista de 20 de mayo de 2002 y, del que tuvo pleno conocimiento el recurrente el 28 de mayo de 2002, no se conculcó derecho constitucional alguno, ya que el ejecutado utilizó todos los medios de defensa a su alcance dentro de un debido proceso; además, dicha decisión judicial data de mayo de 2002, es decir, un año atrás.