SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1015/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1015/2003-R

Fecha: 21-Jul-2003

III.3

III.3    Por otra parte,  también consta en el expediente que el 26 de junio de 2002 los demandados -entre ellos el recurrente-  interpusieron proceso ordinario contra la acreedora a efectos de que se revise la determinación asumida en el juicio ejecutivo,  proceso que se encuentra en trámite en el Juzgado de Partido Séptimo en lo Civil de Cochabamba, situación que impide otorgar la tutela solicitada a través del amparo constitucional, dado que, por su carácter subsidiario, no es sustitutivo de otros medios, vías o recursos que franquea la ley a las partes; circunstancia que también determina su improcedencia por las previsiones contenidas en los arts. 19-IV CPE y 96-3 LTC. Así se establece a través de  las SSCC 1091/2001-R, 1280/2001-R, 345/2002-R, 399/2002-R, 491/2002-R, 544/2002-R y 916/2002-R, entre muchas otras.