SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1015/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1015/2003-R

Fecha: 21-Jul-2003

d)

d)   En consecuencia, ni los Vocales ni el Juez recurrido cometieron acto ilegal alguno, ya que fallaron de acuerdo a la permisibilidad de las normas procesales; tampoco existe omisión indebida, ya que se comunicaron todos los actos oportunamente al recurrente, quien podía en su momento interponer los recursos ordinarios o extraordinarios que franqueaba la ley, y al no haberlos ejercido, demuestra aceptación de lo obrado y sujeción al proceso.