Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1015/2003-R
Fecha: 21-Jul-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente alega que al dictar el Auto de Vista de 20 de mayo de 2002 por un lado y al proseguir la ejecución de la sentencia en su contra, por otro, ordenando el remate de su bien inmueble, las autoridades judiciales recurridas han restringido y suprimido sus derechos constitucionales. Corresponde, entonces analizar en revisión del recurso de amparo constitucional si en este caso se presentan los presupuestos que hacen viable la otorgación de la tutela que brinda este recurso.