Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1069/2003-R
Fecha: 30-Jul-2003
II.4.
II.4. Ante la solicitud de uno de los querellantes, de 4 de junio de 2002, por Auto de 6 del mismo mes y año (fs. 18 vta.), el Juez Cautelar conminó al Fiscal de Distrito a formular acusación en el término de cinco días, notificándosele con esa decisión en 17 de junio (fs. 20).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- procedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- El informe de 17 de junio de 2002
- II.5.
- “existen otras cuestiones que en oportunidad de la audiencia no pudieron ser expuestas”
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- el actor no ha agotado la vía que la ley le ofrece dentro del juicio oral, para reclamar las ilegalidades que denuncia
- III.3.