Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0079/2003
Fecha: 19-Ago-2003
II.1.
II.1. De acuerdo al Testimonio 21/2001 de 12 de febrero (fs. 16 a 26), la Empresa Municipal de Aseo de Oruro (EMAO), suscribió con la Empresa Dimensión ENASA S.R.L., una renovación del contrato firmado en 1995, acordando que esta última continuaría prestando el servicio de “Barrido, Limpieza, Recolección, Transporte y Disposición Final” de desechos sólidos en Oruro, por cinco años y cuarenta y cinco días adicionales a los estipulados en el primer contrato.