SENTENCIA CONSTITUCIONAL 077/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 077/2003

Fecha: 12-Ago-2003

I.3 Admisión y citaciones

Que por Auto Constitucional AC 198/2003-CA de 28 de abril, la Comisión de Admisión al verificar que la demanda del recurso no reunía los requisitos exigidos por la Ley del Tribunal Constitucional, dispuso sean subsanados. Posteriormente, al haber el recurrente cumplido con lo dispuesto, por Auto 235/2003-CA de 23 de mayo, cursante de fs. 162 a 164, admitió el recurso y determinó se cite a los recurridos mediante provisión citatoria, lo que se cumplió el  4 de junio de 2003 según diligencia de fs. 189.