SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1093/2003- R
Fecha: 04-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que el recurrente solicita tutela a sus derechos a la libertad física y a la locomoción, consagrados en los arts. 6-II y 7-g) CPE, denunciando que están siendo vulnerados por el recurrido, ya que sin reparar las nulidades en las que incurrió la Fuerza Especial de Lucha Contra el Narcotráfico, dispuso su detención preventiva sin que concurran los presupuestos del art. 233 CPP, sin cumplir con lo dispuesto en el art. 236 CPP, y sin que sea culpable del delito que se le imputa. En consecuencia, en revisión de la resolución dictada por el Tribunal de hábeas corpus corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen persecución, aprehensión, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.