SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1093/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1093/2003- R

Fecha: 04-Ago-2003

III.2

  III.2           Que, en el caso planteado, respecto al fundamento del recurrente en sentido de que su detención también es indebida porque el recurrido se basó en actuaciones nulas porque fue detenido luego de un allanamiento indebido porque el mandamiento que lo ordenaba no especificaba el número de habitación donde fue encontrado, carece de sustento jurídico, por cuanto si bien en el mandamiento no se pudo haber especificado el número de habitación -que no se ha demostrado-, ello, no lo convierte en indebido, al contrario implica que el mandamiento fue librado para ser ejecutado en todas las habitaciones del hotel; de manera que no se puede alegar detención indebida porque el mandamiento hubiera sido librado de tal forma; consiguientemente no se puede argüir que el recurrido ha ordenado detención indebida por no haber reparado ese acto, que como se ha establecido no fue indebido.