Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1100/2003-R
Fecha: 04-Ago-2003
II.3
II.3 El 16 de mayo de 2003, el recurrente solicitó la nulidad de notificación por cedulón, que mereció el decreto de 20 de mayo de 2003, en el que señalan las Vocales recurridas que al haberse devuelto al juzgado de origen el proceso, no tienen competencia para conocer la solicitud de nulidad de notificación (fs. 13 a 16).