SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1144/2003-R
Fecha: 13-Ago-2003
II.6
II.6 Contra las anteriores providencias, el actor planteó recurso de reposición con alternativa de apelación (fs. 7), que fue resuelto por Auto definitivo de 22 de febrero de 2003, desestimando el recurso de reposición y concediendo la apelación en efecto devolutivo, con el argumento de que el acuerdo conciliatorio fue homologado en el proceso y dicha homologación no ha sido anulada, modificada o dejada sin efecto, al contrario, fue respetada tanto en la sentencia como en el auto de vista, máxime si el propio recurrente confesó a tiempo de responder a la demanda de incremento de asistencia, que fuera de las pensiones de asistencia, cancela también las pensiones escolares de sus hijos (fs. 10 a 11).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Freddy Romay González, Juez de Partido Segundo de Familia, y José A. Leytón Matos, Felipe Mendoza Benavides y Abigael Burgoa Ordóñez, Vocales de la Sala Civil de la Corte Superior,
- Juez recurrido
- Vocales recurridos
- I.2.3 Resolución.
- 1.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- sin alegar la vulneración de ningún derecho en concreto de su mandante,
- III.1
- III.2