SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1152/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1152/2003- R

Fecha: 15-Ago-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

Que, después de haberse apersonado a la Dirección de Registro Civil a objeto de recabar su certificado de nacimiento con sello seco, le informaron que no podían otorgarle tal documento por existir error en el año de nacimiento y que tenía que solucionar mediante resolución administrativa interna, pero cuando adquirió los valores requeridos se determinó que tenía que ser mediante orden judicial emitida luego de un juicio ordinario; por lo que inició el proceso con notificación al Director del Registro Civil y sin que éste hubiese formulado aposición alguna, se dictó sentencia ordenando la rectificación del año de su nacimiento en los libros correspondientes, la misma que adquirió ejecutoria hace más de dos meses atrás, empero en la citada Dirección no se acepta la sentencia del juez indicándole que no pueden hacer la corrección  del libro y tampoco pueden otorgarle el certificado de nacimiento  que solicita, lo que implica que se le niega a tener su certificado de nacimiento y por ende a realizar y ejercer todos los actos y derechos que como persona se le reconoce, tales como estudiar, vender, comprar y más que eso también se perjudica su certificado de matrimonio y el certificado de nacimiento de sus hijos, lo que prácticamente le condena a una muerte civil por lo que interpone amparo, después de haber agotado todas las instancias legales administrativas.