SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1152/2003- R
Fecha: 15-Ago-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
Que el recurrente solicita tutela a sus derechos al trabajo, a la educación, a la petición, a la propiedad, a una justa remuneración y a la seguridad social, consagrados en el art. 7-d)-e)-h)-i)-j) y k) CPE, denunciando que están siendo vulnerados por los recurridos, pues luego de haberle hecho tramitar un proceso ordinario de rectificación del año de su nacimiento, dictada la sentencia ordenando la rectificación del año y ejecutoriada la misma, se niegan a darle cumplimiento. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Mario Orlando Parada, Presidente de la Corte Departamental Electoral y Ruth Salinas, Directora de Registro Civil del Distrito de Santa Cruz
- El abogado del recurrente ratificó los fundamentos del recurso señalando que nació
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2
- III.3
- REVOCA