Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1159/2003-R
Fecha: 19-Ago-2003
memorial de la misma fecha
En el memorial de la misma fecha -7 de mayo de 2003- (fs. 2), el recurrente solicitó al Presidente y Consejeros de la Judicatura se autorice el pago de las vacaciones no utilizadas, al haberse procedido a la designación del Director Distrital Titular. Se constata el sello de recepción en 13 de mayo de 2003 en Secretaría General del Consejo.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- memorial de la misma fecha
- II.6.
- El derecho de petición
- la persona adquiere el derecho de obtener pronta resolución
- , sino una vez que dicha autoridad haya resuelto o proporcionado una solución material y sustantiva al problema planteado en la petición,
- III.2.
- Fragmento 13
- III.3.
- 2º DECLARA PROCEDENTE