SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1203/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1203/2003-R

Fecha: 20-Ago-2003

improcedente

Por Sentencia cursante a fs. 139 a 143 pronunciada el 29 de mayo de 2003, se declaró improcedente el amparo contra la destitución de Director del Área de Ciencias Biológicas y Naturales de la Universidad Amazónica de Pando y procedente contra la suspensión como docente, determinándose la reincorporación inmediata del actor como docente y el pago de todos sus haberes y beneficios que le correspondan como tal, sin costas, fundándose en que los actos de destitución como director y suspensión como docente, sin previo proceso universitario, han vulnerado los derechos del recurrente, y al no tener otras vías que las ya recurridas para reclamar sus derechos como docente, es necesario ampararle, no así respecto de su destitución como director, pues al ser la causa el abandono de funciones, rige para el caso la Ley general del trabajo, por lo que antes de recurrir al amparo, tiene otras vías para reclamar, de las que este recurso no es sustitutivo, por su carácter subsidiario.

En consecuencia, el Tribunal de amparo, al haber declarado improcedente el recurso, con relación a la destitución del recurrente como Director del Área de Ciencias Biológicas y Naturales de la Universidad Amazónica de Pando y procedente, con referencia a su suspensión como docente, no ha valorado adecuadamente los hechos ni aplicado correctamente el art. 19 CPE.