Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1258/2003-R
Fecha: 28-Ago-2003
II.4.
II.4. En 12 de mayo de 2003 (fs. 46 y 47), el Juez de la Instrucción libró orden instruida encomendando a cualquier autoridad policial o administrativa proceda a la aprehensión de José Víctor Eyzaguirre, con facultad de allanamiento y habilitación de días y horas inhábiles, con la que el recurrente fue aprehendido. No cursa en el cuaderno remitido a este Tribunal documental alguna relativa a la aprehensión del representado del recurrente.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.3.
- II.4.
- III.1.
- para la procedencia de la detención preventiva deben concurrir los siguientes requisitos,
- “y”
- 1)
- la concurrencia simultánea
- no contiene la debida fundamentación en la que se asiente la decisión de imponer al representado del actor, la medida cautelar de detención preventiva
- 3º ANULA