Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2004-R
Fecha: 07-Ene-2004
II.9
II.9 El 12 de abril de 2001, la Sala Penal Segunda, pronuncia el Auto de vista 138/01, por el que extraña que la Jueza de Instrucción Sexto en lo Penal, como el Juez de Partido Sexto en lo Penal, no se pronunciaron sobre la ampliación del Auto de admisión contra Teófilo Paz Cuéllar, por el delito previsto en el art. 203 CP (uso de instrumento falsificado) en relación a los arts. 198 CP (falsedad material) y 199 CP (falsedad ideológica), anulando obrados y disponiendo que el Juez ad-quem dicte un nuevo Auto de vista (fs. 40).