SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2004-R
Fecha: 07-Ene-2004
improcedente
La Resolución 791/2003 de 29 de noviembre de 2003 (fs. 71 a 72), en ausencia del Ministerio Público, declaró improcedente el recurso, con los siguientes argumentos: 1) que el presente recurso de hábeas corpus se intenta contra resoluciones ya ejecutoriadas, 2) que el Tribunal Constitucional, ha establecido que el hábeas corpus, en cuanto se relaciona con el debido proceso, no abarca todas las formas, sino a aquellas que tienen directa vinculación con el derecho a la libertad personal o de locomoción, caso contrario corresponde utilizar los otros medios legales pertinentes, 3) que no ha quedado contundentemente demostrado que los recurrentes hayan vulnerado las garantías resguardadas por el art. 18 CPE.