SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
El demandado Juez Primero de Sentencia de la Capital, Aldo Moro Gutiérrez
El demandado Juez Primero de Sentencia de la Capital, Aldo Moro Gutiérrez, informó por escrito de fs. 147 que el 8 de agosto de 2003 fue remitida la causa a su despacho y dispuso que la parte querellante presente su acusación y aún sin ella el recurrente opuso excepción de incompetencia que decretó el 12 de agosto de 2003, en sentido de que debía ser opuesta una vez esté presentada la acusación porque sin ella no había asumido competencia para el conocimiento de la causa penal, además de la posibilidad de que la acusación sea desestimada ante el incumplimiento de requisitos formales.
El 11 de septiembre de 2003, interpuesta y admitida la acusación, el actor reiteró la declinatoria alegando que en la etapa preparatoria ya la había pedido, ante ello, dispuso por decreto de 12 de septiembre de 2003 que el actor formule su planteamiento en la vía de excepción conforme lo dispuesto por el art. 308 y 310 CPP. Su decisión motivó recurso de reposición por parte del actor, que resolvió por auto de 19 de septiembre de 2003, disponiendo se deje firme y sin lugar a modificación la resolución impugnada, sin incurrir en momento alguno en un acto ilegal que vulnere derechos o garantías; por lo que solicitó la improcedencia del recurso.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- El fiscal recurrido Hugo Juan Iquize,
- El Juez de Instrucción Séptimo en lo Penal de la Capital, Sergio Cardona Chávez
- El demandado Juez Primero de Sentencia de la Capital, Aldo Moro Gutiérrez
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- lo que supone el derecho a obtener una pronta resolución
- III.2.
- III.3.
- procedente
- APROBAR