Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0041/2004-R
Fecha: 14-Ene-2004
II.5.
II.5. El 7 de agosto de 2003, el actor en la vía incidental suscitó declinatoria ante el Juez de Instrucción demandado (fs. 65) y formuló recurso de reposición respecto a la providencia de 30 de julio de 2003; solicitudes que fueron providenciadas por éste ordenando su acumulación a los antecedentes procesales al haber sido sorteada y asignada la causa el juez de sentencia, ante quien las partes podían acudir para recurrir e interponer excepciones e incidentes (fs. 69).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- El fiscal recurrido Hugo Juan Iquize,
- El Juez de Instrucción Séptimo en lo Penal de la Capital, Sergio Cardona Chávez
- El demandado Juez Primero de Sentencia de la Capital, Aldo Moro Gutiérrez
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- lo que supone el derecho a obtener una pronta resolución
- III.2.
- III.3.
- procedente
- APROBAR