SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0075/2004-R
Fecha: 16-Ene-2004
III.3.
El dictamen de responsabilidad civil es una opinión técnica jurídica emitida por el Contralor General de la República, tiene el valor de prueba preconstituida y contendrá la relación de los hechos, actos u omisiones que supuestamente causaron daño económico al Estado, fundamentación legal, cuantificación del posible daño e identificación del presunto o presuntos responsables (art. 51). El dictamen referido es un instrumento legal que sirve para que la entidad requiera al responsable, si fuera el caso, el pago del presunto daño; para que la entidad inicie la acción legal que corresponda contra el o los responsables; o para que la Contraloría exprese divergencia en cuanto al monto del presunto daño económico, los presuntos responsables o cualquier otro aspecto contenido en un informe de auditoría interna o externa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.En 22 de abril de 2003 (fs. 124 a 128),
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- los actos o hechos examinados presenten indicios de responsabilidad civil o penal
- III.2.
- III.3.
- indicios
- III.4.
- III.5.
- III.6.