Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0077/2004-R
Fecha: 16-Ene-2004
II.5.
II.5. Por memoriales de 10 de septiembre de 2003, la recurrente solicitó al Director Distrital de Educación de La Paz-III (fs. 279 a 281), al Director del SEDUCA-La Paz (fs. 287 a 289), al Prefecto del Departamento (fs. 293 a 295) y al Ministro de Educación (fs. 219 a 221), ser designada como Directora de la Unidad “Nicolás Fernández Naranjo”.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- los observadores
- III.3.
- la recurrente no alcanzó la nota mínima para poder ser designada como Directora de Unidad Educativa, no asistiéndole ningún derecho al respecto,
- III.4.
- III.5.
- APRUEBA