SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0077/2004-R
Fecha: 16-Ene-2004
la recurrente no alcanzó la nota mínima para poder ser designada como Directora de Unidad Educativa, no asistiéndole ningún derecho al respecto,
Por consiguiente, la recurrente no alcanzó la nota mínima para poder ser designada como Directora de Unidad Educativa, no asistiéndole ningún derecho al respecto, de modo que el rechazo por parte de las autoridades recurridas, ante quienes acudió Celia Soliz demandando ser designada en el cargo que optó, es legal y correcto, sin que exista en su actuación vulneración alguna a los derechos que invoca la actora, por lo que el presente recurso resulta, a todas luces, improcedente, máxime si se considera que en el Comité de Selección participaron los representantes de la Dirección Distrital y del SEDUCA, conforme lo estipula el Reglamento de la Convocatoria (apartado IV.2), que inclusive aclara que tal Comité podrá sesionar válidamente con dos de sus miembros.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- los observadores
- III.3.
- la recurrente no alcanzó la nota mínima para poder ser designada como Directora de Unidad Educativa, no asistiéndole ningún derecho al respecto,
- III.4.
- III.5.
- APRUEBA