SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0086/2004-R
Fecha: 15-Ene-2004
II.4.
II.4. El 25 de enero de 1977, Martha Ugarte de Fricke solicitó una primera liquidación de pensiones devengadas (fs. 55), la que alcanzó la suma de $US.15.000.- comprendiendo el periodo 19 de abril de 1974 al 19 de abril de 1979 (fs. 57 vta.), siendo notificado el actor el 15 de mayo de 1980 (fs. 71 vta.). La planilla fue aprobada por auto de 10 de marzo de 1981 (fs. 74 vta.-75), que fue notificada al actor el 21 de agosto de 1981 ( fs. 90 vta.), a cuyo efecto la jueza de la causa dispuso la emisión de mandamiento de apremio el 22 de octubre de 1981 (fs. 92), que fue ejecutado el 26 de octubre de 2001, permaneciendo el actor en la cárcel de San Pedro durante 6 meses, por lo que dispuso su libertad (fs. 253 vta.-277), para luego disponerse nuevamente su apremio por auto de 1 de marzo de 2003 (fs. 370 vta.).
- Francisco Gaspar Soligno
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- René Pabón Ortuño
- El Vocal demandado René Pabón Ortuño
- Por su parte la co-recurrida Aida Luz Maldonado
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III.1.
- SC 351/2002-R,
- equivalente a $us15000.-,
- ; menos se permitirá al obligado alegar prescripción por el monto que adeude al beneficiario. Por cuanto las normas de derecho de familia son de orden público y por tanto de cumplimiento obligatorio, por el interés social que representan.
- 19 de abril de 1974 al 19 de abril de 1979
- III.3.
- 7 de febrero de 1985
- III.4.
- 1º REVOCAR en parte