SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2004
Fecha: 14-Oct-2004
b)
b) En dicha Convocatoria -relatan- se estableció que en cada Departamento del país, se reúnan los integrantes contemplados en el art. 11 del Estatuto para elegir a sus representantes ante Notario de Fe Pública, debiendo ser presentados a la Agencia Regional de su Distrito, con fotocopias de su cédula de identidad hasta el 18 de junio.
b) MUSEPOL es una entidad de derecho público descentralizada de la Policía, conforme al art. 3 del Estatuto y 34 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional. El art. 8 del Estatuto de MUSEPOL determina que el Comando General ejerce las funciones de tuición y coordinación entre los miembros de la Institución del orden y la Mutual mencionada. Las asambleas se realizarán bajo la presidencia del Comandante General o su representante.
- Tito Edwin Santelices Velásquez y Gonzalo Martín Antonio Silverio Cornejo Saenz, Presidente Ejecutivo y Gerente Administrativo Financiero de la Mutual de Seguros del Policía (MUSEPOL), respectivamente
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- funciones de tuición y coordinación
- art. 10
- III.3.
- en el Estatuto Orgánico de MUSEPOL no existe disposición alguna que faculte ni al Comandante General de la Policía Nacional, menos a su representante, a convocar a Asambleas,
- ha usurpado funciones del Directorio al emitir la Resolución 01/2004 de 30 de julio,