SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2004

Fecha: 14-Oct-2004

en el Estatuto Orgánico de MUSEPOL no existe  disposición alguna que  faculte ni al Comandante General de la Policía Nacional, menos a su representante, a convocar a Asambleas,

Sin embargo, en el Estatuto Orgánico de MUSEPOL no existe  disposición alguna que  faculte ni al Comandante General de la Policía Nacional, menos a su representante, a convocar a Asambleas, sean éstas ordinarias o extraordinarias, pues esa potestad está única y exclusivamente reconocida al Directorio.