Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0114/2004
Fecha: 14-Oct-2004
II.4.
II.4. A través de la Resolución 21/0 de 15 de junio (fs. 3) el Directorio de MUSEPOL, a la cabeza del recurrente, aplazó el verificativo de la Asamblea General hasta nuevo aviso, considerando “el clamoroso pedido de los asociados del interior”, además de “existir diferentes factores que inciden negativamente en la realización” de dicho evento. Esta decisión fue comunicada por órganos de prensa (“La Razón” y “el Diario”) a los asociados (fs. 6 y 135).
- Tito Edwin Santelices Velásquez y Gonzalo Martín Antonio Silverio Cornejo Saenz, Presidente Ejecutivo y Gerente Administrativo Financiero de la Mutual de Seguros del Policía (MUSEPOL), respectivamente
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- funciones de tuición y coordinación
- art. 10
- III.3.
- en el Estatuto Orgánico de MUSEPOL no existe disposición alguna que faculte ni al Comandante General de la Policía Nacional, menos a su representante, a convocar a Asambleas,
- ha usurpado funciones del Directorio al emitir la Resolución 01/2004 de 30 de julio,