SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0123/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0123/2004

Fecha: 29-Oct-2004

II.5.

II.5.  En el amparo constitucional seguido por Mamerto Quispe Quispe, Ana       Velasco Dorado y Julio Julián Paco Ninaja contra Wenceslao Ochoca,          Carmela Mamani de Condori, Lucía Zárate Limachi y Onorio Alipati Llanos,       Presidente, Secretaria, Concejal del Concejo Municipal y Alcalde de Achocalla, se dictó la SC 0070/2004-R, de 14 de enero que revocó la resolución dictada por el tribunal de amparo y declaró procedente el         recurso, disponiendo la nulidad de todas las Resoluciones emitidas     por el Concejo Municipal de Achocalla dirigido por Wenceslao     Ochoa Rivera, a partir del 6 de septiembre de 2003, referidas a la         organización de la directiva del Concejo, la habilitación o inhabilitación de         concejales suplentes y titulares como también a nombramientos o remoción   de Alcaldes Municipales; asimismo dispuso la reconstitución del Concejo Municipal conforme a la directiva que se hallaba conformada hasta el 6 del     mismo mes y año, bajo la dirección del recurrente (fs. 46 a 57).